EDGAR J.
GONZÁLEZ GAUDIANO
El Artículo
28 del Reglamento de la Junta de Gobierno de la Universidad Veracruzana es
clave para entender el perfil de quién estará encabezando a la institución a
partir del 1° de septiembre próximo. Ahí se dice que para elegir al rector o
rectora se considerarán dos factores principales: a) El bien de la Universidad
y b) Las características de cada candidato.
Cuando se
define qué se entiende por el bien de la Universidad Veracruzana se mencionan
cuatro elementos: La naturaleza y objetivos establecidos en su Ley Orgánica;
sus necesidades actuales y previsibles; la ubicación de la UV en el contexto de
la educación superior nacional, así como las circunstancias concretas en el
momento de la elección.
En cuanto a
las características de cada candidato, se señala con claridad que se tomará en
cuenta su comprensión de la situación académica-administrativa de la
Universidad, así como de la situación política interna y su idea del futuro de
la UV. Además, su independencia, real y manifiesta ante los intereses
económicos y políticos, de modo que pueda representar efectivamente la
autonomía universitaria; y el reconocimiento que tenga en el medio de la
educación superior estatal y nacional.
Asimismo, la
capacidad del candidato o candidata para ejercer el puesto entendida en
términos académicos en cuanto a tener una sólida formación científica y/o
humanística, amplios logros académicos y profesionales reconocidos y capacidad
de crítica; en términos administrativos a través de su liderazgo; creatividad e
iniciativa; experiencia en responsabilidades de administración universitaria; y
en términos humanos atinentes a su honestidad; respeto a las personas y buenas
relaciones humanas; prudencia y personalidad adecuada para representar a la
Universidad.
Como puede
verse, el conjunto de estas condiciones y características impide que cualquier
advenedizo pueda ser elegido para ocupar ese digno cargo, por poderosos que
sean sus padrinazgos.
Ahí es donde
interviene la Junta de Gobierno, la que con total independencia de juicio y al
margen de presiones externas e internas debe valorar qué y quién conviene a la
Universidad en cada elección.
Los miembros
de la Junta no deben ser influidos por presiones mediáticas ni de marketing
político, como vemos que ocurre en otro tipo de elecciones donde se vende una
imagen falseada de los candidatos que suele ocultar escasas virtudes
electorales.
Gracias a la
honorabilidad de la Junta, tampoco cuenta la acostumbrada “cargada” de los
partidos, porque el artículo 27 del Reglamento señala que ha de ponderar las
opiniones de la comunidad universitaria de manera cualitativa, tanto en función
de las personas que las expresen como de los argumentos que aduzcan. Es decir,
hasta puede ser contraproducente echar montón en favor de alguien, porque puede
revelar o generar suspicacias sobre los intereses que pudiese haber detrás.
En la
Universidad Veracruzana estamos entrando en un momento decisivo para su futuro
próximo. El proceso es conducido por nueve personas respetables, de quienes
esperamos el mejor resultado posible. Sin embargo, la participación honesta, crítica
y más amplia posible de toda la comunidad universitaria es vital para que el
proceso tenga la mayor legitimidad. Es vital también para que quienes pudieran
tener intenciones de contaminar el proceso se repriman.
Los
procedimientos para participar están definidos hay que responder a la
convocatoria.