SEP: sin los archivos de
la reforma
WENCESLAO
VARGAS MÁRQUEZ
Mediante una
solicitud de acceso, un particular pidió la “copia íntegra de todos los
estudios, análisis, aproximaciones, revisiones, reconsideraciones, escenarios,
compromisos, avances, respaldos documentales, extractos o borradores y, en
general, cualquier evidencia escrita que permita conocer el detalle técnico
jurídico por medio del cual se llevó a cabo el proceso para generar la
iniciativa de reforma al texto constitucional en sus artículos 3º y 73,
relativos a la educación pública”. La SEP respondió que nada tiene... y mandó
al solicitante a Internet.
El
particular se inconformó ante el IFAI y el IFAI le ordenó a la Presidencia, a
la SEP y a Chuayffet que esculque bien en los cajones del escritorio pues suena
descabellado que el importante tema de la reforma educativa haya sido abordado
sobre las rodillas y sus impulsores no tengan documentación de respaldo de tan
importante iniciativa. Corría principios de marzo de 2013. Notimex informó al
terminar la semana pasada (el sábado primero de junio) que la dependencia respondió
al particular que no localizó datos sobre “estudios, análisis, aproximaciones,
reconsideraciones o cualquier evidencia escrita que permita conocer el detalle
técnico jurídico para generar la iniciativa de reforma a los artículos 3 y 73
constitucionales, relativos a la educación pública”. Es el expediente
RDA-414/13 discutido en marzo y actualizado en el buscador del IFAI el 25 de
mayo último, apenitas.
Dice la
página del IFAI: “El recurrente se inconformó diciendo que la respuesta era
incompleta debido a que el sujeto obligado sólo le había entregado la
exposición de motivos y la iniciativa que el Ejecutivo Federal había presentado
a la Cámara de Diputados omitiéndole proporcionarle el proceso y el trayecto
jurídico y escrito que había servido para justamente formular la iniciativa en
comento. Habla la comisionada Peschard Mariscal en la sesión del 6 de marzo:
“Efectivamente,
quien elabora la iniciativa de reforma constitucional es, efectivamente, la
Consejería Jurídica, sin embargo, en el caso de esta iniciativa en particular,
lo que encontramos es que en la página electrónica del Pacto por México,
durante la formulación del Pacto se identificaron diversas reuniones del
Presidente electo entonces, con líderes de los partidos políticos y una vez que
se firmó el Pacto por México, se estableció que la reforma educativa sería una
de las acciones inmediatas que se realizarían como parte de las acciones del
Pacto y que, efectivamente, esta constituiría en una iniciativa de reforma
constitucional. De suerte que, si bien es cierto que el procedimiento para
elaborar una iniciativa y presentarla le corresponde a la Consejería Jurídica,
también es cierto que atendiendo al contexto en el que se gestó la reforma
educativa, la Presidencia también podría contar con información sobre algún
tipo de estudios o de elementos técnicos o documentos que hubieran sido tomados
en cuenta para la elaboración de la iniciativa. Vale la pena señalar que el
sujeto obligado a pesar de que se declaró incompetente, turnó la solicitud a sus
unidades administrativas de oficina de la Presidencia y de coordinación de
gabinetes y proyectos especiales. Sin embargo, encontró que en estas dos
unidades administrativas la respuesta había sido que no se contaba con ninguna
información”.
Parece ser que
esta información pedida por el particular en cuestión nunca la solicitó el
SNTE. No se sabe al menos de manera pública. Mientras, la Presidencia de la
República, la secretaría particular de la Presidencia, la Consejería Jurídica y
la SEP están emplazados por el IFAI a entregar la información más allá de las
‘consideraciones’ (que algunos llaman ‘considerandos’, indebido plural de
gerundios) de la iniciativa. De momento la información no está en el escritorio
de Chuayffet.
A ver si en
un descuido la hallan abandonada –por las prisas de febrero- en la guantera de
la Suburban.